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Obligatorio en formato digital desde el 5 de octubre de 2026

DeCA 2026: qué cambia y cómo preparar tu empresa.

Una guía práctica del Documento electrónico de Control Administrativo: requisitos del PDF, QR, acceso en carretera, datos obligatorios y puntos que debe cubrir el software.

Actualizado el 13 de septiembre de 2026 · Basado en normativa oficial del BOE
Fecha clave
05.10.2026

Desde esa fecha, el documento de control administrativo deberá ser necesariamente digital cuando resulte exigible.

Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible

DeCA en un minuto

No basta con guardar el documento como PDF.

La Resolución de 5 de junio de 2026 exige que el DeCA nazca de datos estructurados, quede trazado y pueda descargarse directamente durante una inspección.

PDF nativo · máximo 5 MB

No son válidos los documentos escaneados.

QR + URL única

Cada documento debe poder identificarse individualmente.

HTTPS + descarga directa

Sin login, botones ni pasos intermedios.

Conservación mínima: 1 año

Cargador y transportista deben poder conservar o descargar el fichero.

¿A quién afecta?

Principalmente al cargador contractual y al transportista efectivo en los transportes públicos de mercancías por carretera en los que resulte exigible el documento de control.

Ámbito

La Resolución se refiere a transportes interiores e incluye el cabotaje realizado en España. Los transportes internacionales utilizan los documentos previstos en los convenios aplicables.

En carretera

Cómo funciona el DeCA durante un servicio.

El documento debe estar generado antes del inicio efectivo del transporte y quedar disponible para el conductor y para una posible inspección.

01

Se genera

El software transforma los datos conocidos del servicio en el PDF antes de iniciar el transporte.

02

Se almacena

El fichero queda en un repositorio y recibe una URL única y específica.

03

Llega al conductor

El conductor dispone del DeCA o de su QR en formato electrónico o impreso.

04

Se inspecciona

El agente invoca la URL y descarga directamente el PDF mediante HTTPS.

Una inspección debería ser así de sencilla:

QR → URL HTTPS → descarga directa del PDF.

Datos obligatorios

Qué información debe contener el documento.

El artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 establece ocho grupos de datos esenciales. El sistema que genere el DeCA debe contemplarlos en su base de datos.

El cargador contractual y el transportista efectivo son los sujetos obligados a formalizar el documento, con responsabilidades distintas sobre la exactitud de determinados datos.

  1. 1 Nombre o razón social, NIF y domicilio del cargador contractual.
  2. 2 Nombre o razón social y NIF del transportista efectivo.
  3. 3 Lugar de origen y destino del envío.
  4. 4 Naturaleza y peso de la mercancía.
  5. 5 Autorización especial de circulación, cuando resulte exigible.
  6. 6 Fecha de realización del transporte.
  7. 7 Matrícula del vehículo y, cuando corresponda, del remolque o semirremolque.
  8. 8 Observaciones, reservas u otras indicaciones cuando las soliciten los intervinientes.
Tres dudas importantes

Firma, cambios durante el viaje y eFTI.

¿Hay que firmarlo?

La firma no es obligatoria para la validez administrativa del DeCA. Si además se usa con finalidad contractual y se firma, se exige como mínimo firma electrónica avanzada.

¿Y si cambia un dato?

Puede actualizarse el PDF conservando los datos anteriores o generarse un nuevo fichero con nueva URL y QR. En ambos casos debe mantenerse la trazabilidad y llegar la versión actualizada al conductor.

¿Qué pasa con eFTI?

La Resolución prevé que, cuando los datos se gestionen y presenten mediante el esquema eFTI y sus normas de desarrollo, no sea necesario utilizar este mecanismo de PDF, URL y QR.

Software DeCA

El objetivo no debería ser rellenar otro documento a mano.

Si el sistema ya conoce el servicio, cliente, transportista, origen, destino, mercancía y vehículo, la gestión del DeCA debería apoyarse en esos mismos datos y quedar vinculada a la operación.

Datos estructurados del servicio
Documento vinculado al transporte
Acceso para conductor e inspección
Trazabilidad de las modificaciones
Base preparada para seguir evolucionando hacia eFTI
Recurso gratuito

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Edición 2.1 · 28 páginas · Revisión 19/09/2026. Requisitos, responsabilidades y herramientas prácticas. Recibirás el PDF adjunto y enlaces para abrirlo o descargarlo.

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Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten.

¿Cuándo será obligatorio el DeCA digital?
Desde el 5 de octubre de 2026, el documento de control administrativo exigible en el transporte público de mercancías por carretera deberá ser necesariamente digital.
¿DCD y DeCA son lo mismo?
DCD o Documento de Control Digital se ha utilizado de forma habitual para referirse a la digitalización del documento. La Resolución de 5 de junio de 2026 utiliza la denominación DeCA: documento electrónico de control administrativo.
¿Vale escanear el documento en papel y convertirlo a PDF?
No. El PDF debe generarse de forma nativa digital a partir de datos estructurados. La Resolución excluye expresamente los ficheros obtenidos escaneando documentos en papel o imágenes.
¿Es obligatoria la firma electrónica?
No para la validez del documento de control administrativo. Si el DeCA se utiliza además con finalidad contractual y debe incluir firmas, la Resolución exige como mínimo firma electrónica avanzada (AdES), siendo también válida la firma cualificada (QES).
¿Puede el conductor llevar el DeCA en el móvil?
Sí. El conductor puede llevar una copia electrónica o una copia impresa con el QR. La Resolución también permite disponer del QR como fichero independiente.
¿Cuánto tiempo debe conservarse?
Los ficheros electrónicos deben conservarse durante al menos un año. La URL utilizada para la descarga durante el servicio puede desactivarse siete días naturales después de finalizarlo.
Fuentes oficiales

Guía elaborada a partir de la Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784), la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible y el texto vigente de la Orden FOM/2861/2012.

Contenido informativo. Para casos particulares debe consultarse el texto oficial vigente y, cuando corresponda, asesoramiento especializado.